TC declaró constitucional ley que prohíbe la reelección inmediata de congresistas

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AME8739. LIMA (PERÚ), 07/12/2022.- La abogada Dina Boluarte (c) saluda tras ser juramentada como nueva presidenta de Perú por el presidente del Congreso, José Daniel Williams Zapata (i), hoy, en la sede del Congreso en Lima (Perú). La nueva presidenta de Perú, Dina Boluarte, aseguró este miércoles que su Gobierno trabajará para "seguir acortando las brechas de la pobreza y el hambre" y para el desarrollo del país, durante su primera actividad oficial como jefa de Estado. Boluarte se convirtió este miércoles en la primera mujer en asumir la Presidencia de Perú, luego de que el Parlamento aprobara la destitución de Castillo, quien horas antes había anunciado el cierre del Congreso y la instauración de un gobierno de emergencia, lo que fue percibido mayoritariamente como un golpe de Estado. EFE/ Paolo Aguilar

El TC concluyó en su sentencia que limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional, no trasgrede el derecho constitucional de participación política ni vulnera el derecho a elegir y ser elegido.

El pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada contra la ley 30906, norma de reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de congresistas.  

La demanda contra la norma fue interpuesta por 5,251 ciudadanos, quienes consideraron que la ley vulnera los artículos 2.17, 31 y 43 de la Constitución, argumentando que la reforma se estableció en un contexto de enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento.  

El colegiado concluyó en su sentencia que limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional, no trasgrede el derecho constitucional de participación política ni vulnera el derecho a elegir y ser elegido. Tampoco infringe los presupuestos de la democracia constitucional o del derecho a vivir en democracia.  

Los magistrados destacaron que existe el derecho a elegir y ser elegido, los mismos que admiten límites; sin embargo, no existe un supuesto derecho a ser reelecto.   

“Es decir, nuestro orden constitucional en sentido material no garantiza el derecho a ser reelegido”, se lee en la sentencia 00001-2023-PI/TC.  

El TC señaló que proscribir la reelección inmediata parlamentaria es una “opción normativa” del Congreso de la Republica y que se encuentra dentro de lo constitucionalmente lícito. 

En la sentencia, se precisa que el hecho de que en ninguna de las constituciones anteriores se hubiera limitado la reelección parlamentaria, no significa que ese modelo pueda ser revisado, como objetivamente ha ocurrido.

Ahora los Congresistas pueden postular a la reelección inmediata.