Suspensión Perfecta de Labores: ¿Qué debe considerar el trabajador para no ser desamparado ante esta normativa?

229

Muchos trabajadores no tienen claro qué medidas deben considerar ante la decisión de sus empresas de acogerse a la modalidad de Suspensión Perfecta de Labores. Ante ello, Renzo Gotelli, Docente de la carrera de derecho de la Universidad Privada del Norte (UPN) explica los puntos indispensables que debe considerar el trabajador para asegurar su bienestar social y económico durante este periodo:

  •  Primero debe estar seguro el tiempo que la empresa le ha solicitado esta suspensión. Se debe considerar que acorde a la Ley, no puede ser más de 90 días calendario.
  • Verificar en qué modalidad de contrato laboral (a plazo o indefinido) se encuentra usted como trabajador y las fechas de vigencia que tiene el  mismo. Si el contrato vence durante la suspensión, se debe solicitar la liquidación total, exigiendo sus beneficios truncos, de acuerdo a Ley como: CTS, vacaciones, gratificaciones.
  • Revisar los fondos  disponibles de CTS y AFP para solicitar la constancia de suspensión perfecta al empleador e ir al banco para gestionar el trámite de CTS. Asimsmo, estar atentos a los cronogramas de retiro que publican las AFP. De no contar con dichos fondos, el trabajador podrá solicitar un adelanto de gratificación (previo acuerdo con el empleador). Este monto debe ser remunerado por el empleador en un plazo máximo de 5 días posteriores a la solicitud.
  • Para los colaboradores que se encuentren en periodo de vacaciones, descanso médico o licencias de maternidad, la norma no ha previsto una solución clara, por lo que puede ocurrir que una vez dada la suspensión perfecta el empleador opte por respetar estas licencias o aplique a este grupo la suspensión perfecta una vez culminada los permisos de ley. Este tipo de situaciones controvertidas deberá ser aclarada por el gobierno.
  • Para el caso de trabajadores que laboren en microempresas y perciban un sueldo de hasta S/. 2,400.00 y se encuentren comprendidos dentro de un período de suspensión perfecta pueden aplicar a un bono de S/. 760.00 otorgado por el seguro Social. Esta ayuda económica durará un plazo máximo de tres (03) meses.
  • Cuando se haga efectiva esta normativa, todas las obligaciones de las empresas con sus trabajadores quedarán suspendidas, a excepción de los beneficios del Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), que seguirá vigente, subsidiado por el Gobierno, para atender cualquier emergencia médica del colaborador.

“Nuestra recomendación es que el destino de los fondos extraídos, deberán ser administrados con cautela, y solo para necesidades básicas o ahorros que brinden seguridad económica durante el periodo de cese”, recomendó Renzo Gotelli, Docente de la carrera de derecho de la Universidad Privada del Norte (UPN)

El especialista resaltó que durante la pausa laboral los negocios esenciales seguirán con el trabajo remoto o el semi-presencial. Para los sectores no esenciales, es probable que las planillas se reduzcan al mínimo hasta que se reactive la economía. “La forma en la que trabajábamos, no volverá a ser la misma. Por ello, la tecnología será la clave en las organizaciones para cumplir los objetivos económicos. Se podría prever que esta situación continuará así al menos hasta que exista una vacuna para la COVID-19 y sea completamente seguro volver a las actividades de forma normal”, finalizó Gotelli.