JNE se pronuncia y dice que no hay fraude y reitera independencia

168

PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ante la información aparecida en un diario local el 9 del presente, según la cual se denuncian presuntas irregularidades con respecto a las resoluciones sobre el pedido de tacha y exclusión contra algunos candidatos a las Elecciones Generales 2021, por supuestas infracciones en la Declaración Jurada de sus Hojas de Vida, hace de conocimiento público lo siguiente:

El Pleno del JNE emite sus resoluciones sobre la base del resultado de deliberaciones en sesiones que se producen al interior del mismo, luego de las audiencias públicas, y en las que van expresando sus posiciones jurídicas. Dichas deliberaciones se producen, en cumplimiento riguroso de la Constitución Política y la Ley Orgánica del JNE, en sesiones reservadas.

Durante este proceso deliberativo interno, los miembros del Pleno del JNE en la toma de decisiones pueden tener puntos de vista discrepantes y en varias sesiones consecutivas.

El órgano colegiado actúa con absoluta imparcialidad, legalidad y con criterio de conciencia, conforme al mandato constitucional realiza el análisis de cada caso concreto manifestando su postura individual; así como los criterios, fundamentos y/o voto en minoría de la resolución que finalmente cada uno firma y se pone a conocimiento público.

Estos procedimientos se realizan y son comunes al interior de cualquier Tribunal u órgano colegiado del país que va a emitir un fallo, por lo que se rechaza de forma enfática el término “cambiazo” que malintencionadamente se ha utilizado con la pretensión de afectar la institucionalidad.

Tal y como lo acaba de ratificar el Tribunal Constitucional, en un proceso de amparo ya resuelto, no existe una resolución final si no está debidamente firmada y notificada a las partes.

En los procesos, materia de versiones periodísticas, se ha cumplido escrupulosamente el procedimiento habitual para el análisis, debate reservado, deliberación individual y colegiada, voto, firma y publicación de las decisiones jurisdiccionales electorales que emite el Pleno.

Asimismo, respecto a una versión periodística que se habría producido una demora irregular en la firma de las resoluciones por parte del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, este colegiado rechaza tal afirmación, reiterando que todos los procesos señalados se llevaron a cabo, en cada una de sus etapas, dentro de los parámetros de normalidad habitual que rigen los actos jurisdiccionales propios del JNE y dentro de las fechas límites establecidas en el cronograma electoral, teniendo en cuenta la carga procesal electoral.

El Pleno del JNE reitera su rechazo categórico a las imputaciones personales derivadas de la columna publicada en el diario La República en contra de dos integrantes del máximo órgano electoral y garantiza la absoluta imparcialidad de sus decisiones, en el marco de la Constitución y la Ley. La palabra “fraude” es un término proscrito en los actos de impartición de justicia del JNE, no existiendo favoritismo ni animadversión ante candidato o partido político alguno.

En tal sentido, reiteramos nuestra total independencia como órgano electoral autónomo reconocido por la Constitución Política del Perú, y que el proceso electoral en curso no se detendrá por el bien del país.

Lima, 10 de febrero de 2021.