NOMBRAMIENTO ILEGAL: Advertencia a las autoridades regionales y municipales

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Por: Dr. Jorge Apolitano Rodríguez 

En el Perú se prefiere el padrinazgo, el tarjetazo, compadrazgo y el nombramiento ilegal, antes que la meritocracia del talento, educación, competencia, aptitud específica para un determinado puesto de trabajo, es decir se contrata funcionarios y servidores, sin reunir el perfil.


Estos casos y denuncias, lo podemos ver en el gobierno nacional, regional y local, por esta razón, son los fracasos de una gestión, que después de 5 o 4 años, los jefes de estado, gobernadores, alcaldes o gerentes públicos se van sin pena, ni gloria.


La Contraloría General de la República, OCI, la Fiscalía de Prevención del Delito, tienen arduo trabajo de prevenir y denunciar el delito «nombramiento ilegal» que está tipificado en el Código Penal Art. 381 que prescribe: «El funcionario público que hace nombramiento para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales, será reprimido con sesenta a ciento veinte días multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con la misma pena». Muchas autoridades han sido denunciadas por este delito. Advertidos.


Desde hace tres años observamos que hay un Director de un Instituto Superior Público en Trujillo, que no reúne los requisitos para dirigir una institución educativa, (de profesión biólogo),  sin embargo siempre sale ganador, venciendo a postulantes profesionales con Grados de Doctor en Educación.


Increíble, el mencionado Director que siempre gana, dice tener su “padrino” en la Gerencia Regional de Educación, esto tiene que acabar. El perjudicado es la ciudadanía y los alumnos. Donde queda la “meritocracia” que tanto pregona el  Presidente de la República y el Gobernador.


Este caso, son unos de los cientos que hay en el aparato estatal. Están advertidos las autoridades, hay que designar y nombrar a profesionales y gestores públicos de acuerdo a su perfil y su capacitación. Los ciudadanos deseamos un Perú grande y moderno. 

La Contraloría General de República (CGR), recién se han puesto las “pilas” y estarán verificando, que los funcionarios designados, en los gobiernos regionales y locales, cumplan con el perfil requerido.

Es decir, darán cumplimiento a Ley N° 27785, que prescribe en el artículo 6º y establece que el control gubernamental: “Consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes.”

La Gestión Pública no solo evalúa los servicios de calidad, sino también al personal que los ofrece. Por eso, es importante formular un plan de capacitación integral a los funcionarios y trabajadores públicos en gestión y uso de las tecnologías de la información y comunicación para mejorar la calidad de los servicios y mejorar la calidad de vida a los ciudadanos. Apostemos por una reforma del estado competitivo y moderno.