“Ley Mordaza”: Fundamentos de la despenalización de los delitos contra el honor

124

Por: Dr. Jorge Apolitano Rodriguez (Presidente del Colegio Iberoamericano de Doctores)

A raíz del proyecto de Ley 2862/2022-CR, más conocida como la “Ley Mordaza” iniciativa del Congresista de Perú Libre Segundo Montalvo Cubas que incrementa las penas del delito de difamación y que fue aprobada en primera votación y este jueves se realizará la segunda votación.

Este proyecto es criticado por los gremios periodísticos, medios de comunicación, diversas bancadas y la sociedad civil debería ser archivada por que atenta contra la libertad prensa y expresión.

Fundamentos de la despenalización de los delitos contra el honor

Muchos periodistas y comunicadores sociales por informar y denunciar hechos de corrupción en nuestro país, contra algunas malas autoridades y funcionarios públicos, han sido objeto de querellas por difamación y calumnia, algunos de ellos procesados y sentenciados, preocupando este problema, porque atenta contra la libertad de expresión e información.

 Las numerosas querellas por delitos de difamación y calumnia han generado malestar y preocupación en el seno periodístico, debido a que muchos hombres de prensa en nuestro país fueron procesados y encarcelados injustamente por estos delitos, que a nuestro entender y opinión deberían estar en tipificados en el Código Civil y no en lo penal.

La labor del periodista en varios casos se ve limitada en su trabajo, al pensar que algunos magistrados logren aplicar mal la norma o sean vencidos por el poder y puedan mediar en determinados casos, para que comunicadores sean sentenciados con pena privativa de libertad, como fue el caso de la periodista Magali Medina Vela.

Esta sentencia quedo como precedente y preocupo a los hombres de prensa, al Colegio de Periodistas y Organismos Internacionales de Prensa, defensores de la libertad de prensa y expresión. Esta sanción causó polémica, debido que en nuestro Código Penal Art. 132, prescribe que, si el delito ha sido cometido mediante la prensa y otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años; sin embargo, se impuso una pena privativa de libertad efectiva.

El delito de difamación tipificado en el Código Penal, el congresista Segundo Montalvo pretende en su proyecto de ley incrementarlo de tres años a 4 años de PPL, noventa a ciento veinte días multa y una reparación civil en favor del querellante. Tremenda amenaza contra los periodistas.

Recordamos que el primer caso y atentado contra los hombres de prensa fue en (agosto 1971) contra el periodista Enrique Escardo, director de la Revista Gente; el segundo caso de Magali Medina y el tercer caso (febrero 2009) del periodista liberteño Leónidas Pizarro Gallardo. Estas sentencias causaron temor en los hombres de prensa en nuestro país.

Esta preocupante realidad nos obliga a analizar el problema, que a decir de muchos periodistas siempre ha surgido y ha generado controversia, cuando se cuestiona y critica este capítulo del Código Penal: los delitos de injuria, calumnia y difamación. Estos son utilizados por personas, especialmente por funcionarios públicos cuando se sienten ofendidos y alegan que tales afirmaciones atentan contra su honor; denunciando a periodistas y de esta manera silenciarlos, privándolos del derecho de información veraz, amparado constitucionalmente.

Si partimos de esta premisa, debemos decir que el problema de la despenalización de los delitos contra el honor en el Perú garantizará una información libre responsable y veraz en una sociedad democrática y que la libertad de expresión asegurará la vigencia de un interés general en la sociedad. La despenalización de los delitos contra el honor servirá para que la libertad de expresión se fortalezca. Si se lesiona el bien jurídico tutelado que es el honor, los agraviados pueden recurrir a la vía civil exigiendo una indemnización.   

Conforme afirma Beatriz Mójica Morga: La penalización de los llamados delitos contra el honor ha servido a funcionarios corruptos y personas ligadas al   crimen   como  un eficaz instrumento de inhibición a la labor periodística, incidente que no sólo vulnera el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información, sino también impide el desarrollo de una sociedad democrática más plural, tolerante y justa. En los últimos años, una serie de acciones ilegales, como detenciones injustas y acoso por parte de autoridades a reporteros y medios de comunicación, hacen ver la necesidad de contar con una legislación adecuada que defienda, de forma férrea, el ejercicio a la crítica y la investigación periodística, sin que esto sirva de pretexto para condenar a personas que sólo cumplen con la función de informar a la sociedad sobre asuntos de interés social.”

En tal sentido invocamos a los congresistas que mañana en segunda votación este proyecto a debatir debe ser archivado y más bien pensar en despenalizar los delitos contra el honor, especialmente la difamación. Debemos fortalecer la democracia y trabajar en forma conjunta Congreso y periodistas en la lucha contra la corrupción.